Sin debate y con una contundente unanimidad, el Senado mexicano dio el visto bueno a una reforma clave: ahora, empleados de empresas paraestatales y órganos autónomos podrán portar armas de fuego para funciones de seguridad. Con 100 votos a favor, la modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos fue aprobada y enviada al Ejecutivo para su publicación.
La medida aplica a instituciones como Pemex, la CFE, el SAT, el Banco de México, la Casa de Moneda y el Centro Nacional de Inteligencia. Todos ellos, bajo ciertas condiciones y previa autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional, estarán facultados para armar a su personal con fines de protección de instalaciones estratégicas y operativas.
El dictamen subraya que esta decisión responde a una necesidad prioritaria: proteger las áreas más sensibles del país. En palabras del documento legislativo, el objetivo es “garantizar la seguridad de las funciones públicas que lo requieran, bajo criterios estrictos”.
La reforma también amplía la lista de armas de uso exclusivo para las Fuerzas Armadas, incluyendo calibres como 5.7 x 28 mm, .357 y 5.56 mm. Asimismo, se regularán accesorios como silenciadores, miras térmicas y dispositivos de visión nocturna, debido a que mejoran la capacidad operativa del armamento.
Otro punto importante es el nuevo protocolo para particulares: quienes posean armas deberán designar a una persona responsable en caso de fallecimiento o desaparición. Además, los tiradores olímpicos tendrán reglas específicas para trasladar sus armas desde sus domicilios hasta los campos de tiro.